La subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el ejercicio 2026 ha venido acompañada de una reforma técnica en el IRPF. El objetivo es directo: evitar que el incremento salarial se pierda por el camino debido a una mayor carga impositiva, garantizando que el SMI sea neto de impuestos para el contribuyente.
A través del Real Decreto-ley 5/2026, el Gobierno ha articulado un mecanismo de neutralización fiscal con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026. Esta medida complementa el análisis del nuevo RDL 2/2026 para pymes y autónomos que publicamos recientemente, consolidando el nuevo marco normativo de este ejercicio.
Es fundamental entender que el salario no se convierte en una «renta exenta», sino que se compensa mediante una deducción específica diseñada para este fin.
Nota importante: Al no ser renta exenta, el SMI debe declararse, pero su tributación se anula en el tramo final del cálculo del impuesto.
Radiografía del SMI en 2026
Para entender el alcance de la medida, debemos fijar las cuantías oficiales que rigen este año:
- Mensual: 1.221 euros brutos (en 14 pagas).
- Anual: 17.094 euros brutos.
Esta cifra anual de 17.094 euros actúa como el eje sobre el cual pivota el beneficio fiscal. El ajuste está diseñado para aplicarse íntegramente a quienes perciben el salario mínimo y desvanecerse progresivamente conforme los ingresos superan ese umbral.
¿Quiénes son los beneficiarios de la medida?
La eliminación de la carga fiscal por IRPF no es universal; está restringida a contribuyentes con rentas del trabajo que cumplan dos condiciones de forma simultánea:
- Percibir rendimientos íntegros del trabajo por debajo de los 20.048,45 euros anuales.
- No tener otras fuentes de renta (excluyendo las exentas) que superen los 6.500 euros anuales.
Mecánica de la deducción: Tramos y cálculos
La normativa establece un sistema escalonado para evitar saltos bruscos en la tributación:
- Tramo 1 (Hasta 17.094 €): Se aplica una deducción fija de 590,89 euros, que neutraliza la cuota generada por el SMI.
- Tramo 2 (Entre 17.094 € y 20.048,45 €): La deducción decrece de forma proporcional. El cálculo se realiza restando a la cifra fija (590,89 €) el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre el salario real y el límite del SMI.
Aplicación práctica y retenciones
Un aspecto que suele generar dudas es dónde se refleja este ahorro. La deducción actúa sobre la cuota líquida del impuesto. Esto implica que no reduce la base imponible ni altera directamente el algoritmo de retenciones mes a mes, sino que ajusta el resultado final de la declaración.
Si durante los primeros meses del año se han practicado retenciones en nómina, las cuales dependen de la información reportada por el trabajador en el Modelo 145 en 2026, el ajuste definitivo se producirá al presentar la autoliquidación del IRPF, donde se devolverán las cantidades retenidas en exceso si procede.
Esta reforma técnica es una pieza esencial para que el incremento del poder adquisitivo derivado del nuevo SMI sea real. Sin embargo, factores como los contratos a tiempo parcial o los cambios de pagador durante el año pueden complicar el cálculo final.
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¿Significa esto que el SMI es ahora una renta exenta como las indemnizaciones por despido?
No. El salario mínimo sigue siendo una renta sujeta al impuesto. La diferencia es que la Ley introduce una deducción que «resta» de la cuota exactamente lo que el SMI tendría que pagar. Por tanto, el efecto es de tributación cero, pero formalmente sigue apareciendo en el cómputo de sus ingresos.
Si gano 18.000 euros al año, ¿tengo derecho a alguna rebaja?
Sí. Usted se encuentra en el tramo progresivo. No disfrutará de la deducción máxima de 590,89 euros, pero se le aplicará una parte proporcional de la misma. El objetivo es que una persona que gane un poco más que el SMI no termine cobrando menos neto por culpa de los impuestos (el llamado «error de salto»).
Si mi empresa me ha retenido IRPF en enero y febrero, ¿he perdido ese dinero?
En absoluto. Dado que el Real Decreto-ley se publicó en febrero con efectos retroactivos a enero, cualquier retención practicada antes de que las empresas actualizaran sus sistemas se recuperará al realizar la Declaración de la Renta de 2026. La deducción se aplicará sobre el total del año y Hacienda le devolverá lo retenido de más.
🧑⚖️Artículo revisado por Quintín Martínez
Responsable del Área Laboral en ZincoBS

