El Ministerio de Hacienda ha publicado recientemente en su sede electrónica el proyecto de Orden que regulará el método de Estimación Objetiva (Módulos) del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA para el ejercicio 2026. Aunque el documento transmite una sensación de estabilidad normativa, no resuelve la principal inquietud del colectivo de autónomos: la prórroga de los umbrales de facturación que permiten acogerse a este sistema.  

El Ministerio de Hacienda ha hecho público en su página web el borrador de la nueva Orden que regulará los módulos del IRPF y el régimen simplificado del IVA para el año 2026.  

Aunque el texto aporta estabilidad, no despeja todavía uno de los aspectos más delicadosla continuidad de los límites que permiten permanecer en módulos. Este punto no depende de la Orden y requiere una norma adicional.

 

Mantenimiento General del Régimen en 2026

La propuesta de Hacienda conserva íntegra la estructura de la orden anterior. Esto significa que los índices, signos y el conjunto de instrucciones se reproducen sin modificaciones, manteniendo la inclusión de los sectores habituales como la agricultura, el comercio al por menor, el transporte y la hostelería.

Atención. Aunque no hay cambios técnicos, conviene no dar por cerrado el escenario hasta la publicación en el BOE.

  • Confirmada la Reducción del 5%

Se ratifica que el porcentaje de minoración del 5% sobre el rendimiento neto calculado por módulos se mantendrá durante el ejercicio 2026. Este beneficio fiscal se aplicará de forma generalizada a todos los sujetos pasivos acogidos a este sistema de tributación.

Precaución: Es fundamental recordar que esta minoración solo se aplicará si la Orden Ministerial entra en vigor sin que se introduzcan cambios en esta cláusula. Por tanto, no se debe descontar su efecto hasta que la aprobación definitiva sea un hecho.

  • Trámites de Renuncia y Retorno (2026)

Los autónomos que decidan renunciar a la estimación objetiva o, en su caso, solicitar el retorno a módulos, tienen como plazo límite el 31 de diciembre de 2025 para formalizar el trámite. Adicionalmente, se entiende que existe una renuncia implícita si se opta por presentar la autoliquidación del primer trimestre mediante el método de estimación directa.

  • Liquidación de Pagos Fraccionados

No se han comunicado cambios en la estructura de los pagos fraccionados trimestrales, que siguen venciendo en abril, julio, octubre y enero. Los porcentajes de ingreso a cuenta se mantienen inalterados, dependiendo de la actividad económica específica.

  • La Incertidumbre sobre los Umbrales de Facturación

Si bien el borrador de la Orden aporta certidumbre desde la perspectiva técnica, no logra despejar la duda principal que afecta a la mayoría de los autónomos: la confirmación o no de la prórroga de los umbrales de facturación necesarios para permanecer en el régimen de módulos.

A considerar:

  • La prórroga de estos límites no puede materializarse a través de la Orden Ministerial.

  • Es necesaria la aprobación de una disposición legal con el mismo nivel jerárquico que aquella que los ha venido extendiendo en ejercicios anteriores (por ejemplo, un Decreto-ley).

  • En caso de que dicha norma no sea aprobada en el plazo previsto, podría producirse la exclusión automática del régimen de módulos para miles de contribuyentes.

A nivel sectorial, esta coyuntura afectaría de modo particular a aquellos profesionales que exceden los umbrales de exclusión teóricos que están vigentes desde 2016 (y que, en la práctica, nunca han sido aplicados debido a las continuas extensiones de los límites superiores).

Conclusión: Mientras el Gobierno no emita la confirmación oficial de la prórroga de los límites, la posibilidad de tributar en módulos no está asegurada para la totalidad de los contribuyentes, a pesar de que el actual proyecto transmita un mensaje de continuidad.

¿Qué debo procurar evitar?

Cambios precipitados antes de conocer la norma definitiva.

¿Cómo me preparo para 2026?

Debes revisar ingresos y compras del año actual para anticipar posibles situaciones.

Nosotros te ayudamos

Consúltanos antes de solicitar renuncias o revocaciones.

Debes prestar atención

Entre noviembre/diciembre y enero, periodo en el que podría aprobarse la prórroga.

🧑‍⚖️Artículo revisado por Jesús González Lajas
Experto en asesoramiento fiscal en ZincoBS