Ante la reciente incertidumbre sobre la fiscalización de los pagos digitales, la Agencia Tributaria ha emitido una nota aclaratoria para definir el alcance real del control sobre Bizum. A partir de 2026, las entidades bancarias comenzarán a suministrar información detallada sobre los cobros de carácter profesional, eliminando interpretaciones erróneas sobre una supuesta vigilancia generalizada de las finanzas personales.

El Ministerio de Hacienda subraya que no se trata de una normativa improvisada, sino de la ejecución de una obligación informativa aprobada en abril de 2025. El foco es nítido: supervisar exclusivamente los ingresos obtenidos por empresarios y autónomos en el desarrollo de su actividad económica.
Nota importante: Los pagos de carácter privado entre particulares (cenas, regalos, gastos compartidos) continúan fuera del radar de esta medida informativa específica.
¿Qué datos comunicará la banca a Hacienda desde 2026?
A partir de febrero de 2026, los bancos y plataformas de pago deberán remitir mensualmente un resumen acumulado de los cobros recibidos mediante Bizum o sistemas análogos. Esta obligación afecta a todos los receptores que sean profesionales o entidades establecidas en territorio español.
La información no se enviará transacción por transacción, sino a través de un resumen mensual que detallará:
- Identificación completa del profesional o empresa.
- Cuentas bancarias o terminales utilizados para la recepción de fondos.
- Volumen total facturado acumulado durante el mes.
Atención: Aunque la comunicación es agregada, las cifras reportadas por la entidad financiera deben ser totalmente coherentes con los ingresos declarados en las liquidaciones de IVA e IRPF.
Operaciones excluidas: El Bizum entre particulares
Hacienda ha sido tajante al desmentir la fiscalización de los movimientos domésticos. Los envíos de dinero entre familiares, amigos o conocidos que no respondan a una contraprestación profesional están expresamente fuera de esta obligación.
Sin embargo, surge una recomendación práctica esencial: mezclar movimientos personales y profesionales en una misma cuenta bancaria puede derivar en inconsistencias en los informes que el banco remite a la Agencia Tributaria. Separar ambos ámbitos es ahora más necesario que nunca.
El fin del umbral de los 3.000 euros
Uno de los cambios de mayor calado para el ejercicio 2026 es la eliminación del límite mínimo de 3.000 euros anuales. Hasta ahora, muchas declaraciones informativas solo se activaban al superar dicha cifra.
Con el nuevo sistema, cualquier importe cobrado por vía electrónica, independientemente de su cuantía, será objeto de reporte mensual. El objetivo de Hacienda no es elevar la presión fiscal, sino aumentar la trazabilidad y la justificación de los ingresos declarados mediante el cruce de datos.
Nuevos plazos y modelos informativos
La Orden HAC/747/2025 reestructura los canales de información hacia la AEAT. El cambio más significativo afecta al modelo 170, que se convierte en una declaración de periodicidad mensual (anteriormente anual) e integra por primera vez los cobros vinculados a Bizum.
Este incremento en la frecuencia de los datos permite a la Administración realizar comprobaciones de forma casi inmediata, detectando discrepancias mucho antes que con el modelo anual previo.
Puntos clave del calendario
- Enero 2026: Primer mes de registro de datos bajo el nuevo sistema.
- Febrero 2026: Primera remisión de información mensual por parte de los bancos.
- Responsabilidad: Los autónomos y empresas no deben presentar estos modelos; la obligación es exclusiva de las entidades de pago.
Recomendaciones preventivas para el profesional
La nueva normativa no prohíbe el uso de Bizum en los negocios, sino que lo formaliza como un canal de cobro totalmente transparente. Para evitar requerimientos o aclaraciones innecesarias en el futuro, desde nuestro despacho aconsejamos:
- Diferenciar cuentas: Utilizar una cuenta específica para la actividad profesional donde solo se reciban cobros vinculados al negocio.
- Conciliación mensual: Verificar que el total de cobros electrónicos coincida con la facturación emitida mes a mes.
- Anticipación: Revisar los sistemas de cobro actuales antes de que el flujo de datos mensual sea una realidad en 2026.
Actuar con orden hoy garantiza la tranquilidad frente a la mayor capacidad de fiscalización digital de la Agencia Tributaria. Si tiene dudas sobre cómo afecta esta medida a su operativa diaria, no dude en contactar con nuestro equipo de asesores.
¿Tendré que declarar mis Bizums personales a partir de 2026?
Hacienda ha aclarado que los pagos entre particulares, amigos o familiares están excluidos de la nueva obligación. La medida afecta únicamente a los cobros recibidos por empresarios y profesionales en el ejercicio de su actividad económica.
¿Qué límite de dinero obliga a informar a Hacienda por Bizum?
A partir de 2026 desaparece el umbral mínimo de 3.000 euros. Los bancos informarán mensualmente de cualquier importe cobrado por medios electrónicos, por pequeño que sea, siempre que el receptor sea un profesional o una empresa.
¿Debo presentar algún modelo nuevo si cobro por Bizum en mi negocio?
No, la obligación de presentar el modelo 170 mensual recae exclusivamente sobre los bancos y plataformas de pago. El profesional solo debe asegurarse de que sus ingresos declarados coincidan con la información que el banco enviará a Hacienda.
¿Cuándo entra en vigor el nuevo control mensual de Bizum?
El sistema comienza en enero de 2026. Las entidades financieras enviarán el primer reporte mensual acumulado a la Agencia Tributaria en febrero de 2026, incluyendo todos los cobros profesionales del mes anterior.

