Febrero trae cambios fiscales: Declaración de titulares reales obligatoria en el modelo 036

A partir del día 3 de febrero de 2025, las empresas estarán obligadas a informar directamente a la Agencia Tributaria (mediante el modelo 036) sobre quiénes son los propietarios reales de la sociedad, es decir, las personas físicas que están detrás de las compañías.

Le informamos que desde el día 3 de febrero de 2025, las empresas estarán obligadas a declarar la identidad de sus titulares reales al presentar el modelo 036. Esta medida, introducida mediante la Orden HAC/1526/2024 publicada en el BOE el 9 de enero de 2025, tiene como objetivo principal fortalecer la transparencia fiscal y combatir el fraude, el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. En esta circular, le informamos sobre las claves de esta nueva obligación y cómo prepararse para su cumplimiento.

Aspectos clave de la nueva normativa

  1. Identificación de los titulares reales: Las empresas deberán identificar a las personas físicas que:
  • Posean o controlen directa o indirectamente más del 25% del capital social o los derechos de voto.
  • Ejerzan control efectivo sobre la sociedad por otros medios.
  • En caso de no cumplirse lo anterior, se considerará titular real al administrador de la sociedad. Si este también es una entidad jurídica, deberá identificarse a la persona física que la represente.
  1. Datos requeridos: Al cumplimentar el modelo 036, las empresas deberán proporcionar para cada titular real:
  • Nombre y apellidos.
  • DNI o Número de Identificación de Extranjero (NIE).
  • Fecha de nacimiento.
  • Nacionalidad.
  • País de residencia.
  • País de expedición del documento de identidad.
  1. Modificaciones en el modelo 036: La nueva versión del modelo incluye una página 10 específica para declarar la titularidad real. Además, permite autorizar el uso del teléfono y correo electrónico registrados para notificaciones de Hacienda y otros órganos fiscales.
  2. Actualizaciones y obligaciones: Esta información también debe coincidir con los datos presentados en:
  • El modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades.
  • La hoja TR del Registro Mercantil.
  1. Sanciones:
  • No informar o hacerlo incorrectamente podría conllevar multas de entre 300 y 400 euros.
  • Además, se establece una penalización de 20 euros por cada dato erróneo o ausente relativo a una misma persona.

Para garantizar el cumplimiento de esta nueva obligación, recomendamos:

  1. Revisar la estructura societaria: Identifique los titulares reales y compile la información necesaria para su declaración.
  2. Actualizar los datos censales: Asegúrese de que toda la información incluida en el modelo 036 esté completa y correcta.

La información sobre los titulares reales ya se había incluido en el modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades en campañas anteriores, y ahora se amplía al modelo 036, convirtiéndose en una obligación tributaria periódica. Además, cualquier cambio en la titularidad real deberá ser informado en un plazo máximo de un mes, reforzando así el control fiscal continuo.

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